miércoles, 24 de marzo de 2010

CRÓNICA AZUCARERA


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CRÓNICA AZUCARERA
José Alberto SÁNCHEZ NAVA




        1.-Luego de la inmediata intervención en aquel entonces de la Secretaria de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI) en el año 1997, se logró que se establecieran cuotas compensatorias a la importación de fructuosa, para proteger a la industria azucarera mexicana. Los productores norteamericanos de fructuosa al verse perjudicados solicitaron al Departamento de Comercio de EE.UU. tomara las medidas necesarias para defender sus intereses legalmente. 


      2.-El gobierno norteamericano acudió a la OMC (ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO) para que examinara las acciones mexicanas frente a la fructuosa, argumentando la ilegalidad de las cuotas compensatorias impuestas.


3.-La OMC falló en favor de EE.UU. arguyendo que al asignar México las cuotas compensatorias a la fructuosa de forma unilateral habían violado varios acuerdos comerciales. La situación se complicó cuando los empresarios del azúcar, agobiados por las deudas y la crisis de sobreproducción, incluyeron en su petición a la SECOFI una demanda más: adelantar la fecha en que la industria mexicana tendría derecho a exportar todos sus excedentes de azúcar (julio de 2000). De lo que resultó, que existía una terrible trampa en perjuicio de los cañeros e industriales mexicanos por la existencia de cartas paralelas firmadas por Mickey Kantor y Jaime Serra Puche en las que se modificó la redacción y contenido del capítulo azucarero del TLCAN, pues en esas cartas se determinó que la fructosa sería contabilizada para determinar la producción y el consumo del mercado de dulce y en consecuencia determinar el excedente de producción de azúcar mexicana que podría ser exportada hacia EE.UU. Al incluir a la fructosa en el cálculo, el total de los excedentes de producción del sector azucarero se reducían.


4.-Al importar México fructuosa era evidente que no había excedentes de producción, en consecuencia la frontera de EE.UU. no se abriría al azúcar mexicano. Y se quedarían en México 575 mil toneladas de azúcar, los EE.UU. dispuestos a sacar provecho de la situación propusieron a finales de agosto de 2000 la apertura de sus fronteras al azúcar mexicano a cambio de un trato similar y equitativo para las importaciones de fructosa norteamericana a nuestro país. Lo cual llevó a la SECOFI a un callejón sin salida, pues por una parte se había cometido el error en las cartas paralelas y por otro la Organización Mundial de Comercio había resuelto que las compensaciones regulatorias a la importación de fructuosa a México eran contrarias a la suscripción de los acuerdos comerciales suscritos en el Tratado de Libre Comercio.


5.-Lo anterior derivó en la quiebra virtual de los ingenios y cobra sus primeras víctimas: los productores de caña protestan en la Ciudad de México porque los dueños de los ingenios les adeudan millones de pesos en producto y prestaciones, la historia se repite el 3 de septiembre de 2001, violando las reglas del libre mercado que supuestamente defiende con tanto encono, el gobierno de México decidió expropiar 27 ingenios azucareros -de 60 existentes en el país- ante la bancarrota en la que se encontraban y con recursos públicos se pagarían las deudas que adquirieron los administradores de los ingenios, el 1º de enero de 2002 el Congreso de la Unión decidió crear un nuevo Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para las bebidas que utilicen fructosa, en un intento por obligar a las empresas productoras de refrescos y jugos a utilizar azúcar mexicana, el Departamento de Comercio de los EE.UU, muestra su molestia por esta medida que afecta a sus productores de fructuosa y el 1º de marzo de 2002 Vicente Fox, "Nuestro hombre en México" según palabras de George Bush, cancela el impuesto especial para las bebidas que utilicen fructuosa., Esta medida se realiza en beneficio a los productores de fructuosa norteamericanos y en prejuicio de los productores de azúcar mexicano.


6.- El 14 de julio de 2002 Tras la derogación del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios el Congreso de la Unión reaccionó inmediatamente y acudió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para apelar la decisión, tras analizar el caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación llegó a la conclusión de que el Poder Ejecutivo no tiene las facultades para decretar la suspensión de un impuesto autorizado por el Congreso, el 16 de julio de 2002 entró en vigor nuevamente Impuesto Especial sobre Producción y Servicios del 20% a los refrescos endulzados con alta fructuosa para contrarrestar los efectos de la importación indiscriminada de fructosa en perjuicio de la industria azucarera mexicana.



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